La corredora mexicana Citlali Cristian Mascote ya no es elegible para competir en el maratón de los Campeonatos Mundiales de Atletismo Tokio 25, tras confirmarse su segunda falta al Código Mundial Antidopaje.
La jalisciense se ha hecho acreedora a una suspensión por tres años: del 24 de marzo del 2025 al 23 de marzo del 2028 y queda en riesgo su participación en el ciclo olímpico, con la tenue posibilidad de regresar a competencias, en busca de clasificar a los Juegos de Los Ángeles 2028 que se realizarán del 14 al 30 de julio.
Después de un prolongado proceso en el que buscaba comprobar que no tuvo la intención de usar una sustancia prohibida, Citlali fue confirmada del positivo el martes 10 de junio.

REINCIDENCIA
Esta es la segunda ocasión que Cristian Moscote comete una falla al Código Mundial Antidopaje, la primera vez fue por dos años y la suspensión fue del 23 de julio del 2019 al 22 de junio del 2021, por la presencia de Oxilofrina y Fenprometamina.
La Unidad de Integridad en el Deporte (UIA) publicó este fallo el martes 10 de junio y compartió la decisión en sus redes sociales al día siguiente. El informe se encuentra completo en este link, mismo en el que se confirma la sanción únicamente para la atleta y no para ninguno de los integrantes de su equipo multidisciplinario.
Crónica de la suspensión
Según explica la UIA, la cronología de los hechos en esta violación al Código Mundial Antidopaje sucedieron de esta forma:
El 12 de enero de este año, Cristian Mascote entregó una muestra de orina al terminar de competir en el 10k de Valencia, España, a la que se le asignó el código 8081766 y el 2 de febrero del 2025 el Laboratorio Antidopaje de Barcelona reportó la presencia del estimulante Octodrina (prohibido en periodo de competencia) y su metabólico Heptaminol.
La Unidad de Integridad en el Atletismo determinó que Citlali no tenía una Excepción de Uso Terapéutico para ingerir estas sustancias. El 13 de febrero se le informó del analítico adverso y la posible sanción a la que se haría acreedora, ese mismo día escribió a la UIA que no lo consumió intencionalmente y que podría estar en un producto contaminado, por lo que consideró mandar al Laboratorio Antidopaje de Estados Unidos muestras de dos suplementos que usó antes de la carrera valenciana.
El 26 de febrero informó que enviaría a los laboratorios de EUA dos productos para análisis: Cafeína BHP Nutrition y Perpetuem Ultra Endurece Fuel 2.0, mismos que llegaron el 17 de marzo y ocho días después la UIA le impuso una Suspensión Provisional, a espera de la resolución de las muestras.
En tres ocasiones (23 de abril, 5 y 9 de mayo) la UIA le pidió actualizaciones sobre los resultados de laboratorio y el 16 de mayo Citlali respondió cuatro argumentos:
- Su correo electrónico estuvo bloqueado y por eso demoró en responder.
- Ante los costos de análisis, solo mandó el suplemento Caffeine Otra BHP Nutrition y en él no se detectó esa sustancia.
- Contactó a las empresas Hammer NutriPon y Perpetuem Ultra Endurance Fuel 2.0 y le informaron que los productos fueron analizados y certificados como libres de sustancias prohibidas.
- No sabe cómo llegó la Octidrina a su cuerpo y no actuó intencionalmente. En ese momento no aceptó que cometió una Violación a las Reglas Antidopaje.
El 20 de mayo la UIA confirmó que tras su explicación y la evidencia de esas sustancias en su cuerpo, se confirma su violación al Código Mundial Antidopaje y por ella tiene un periodo de inegibilidad de 4 años a los que se le podría quitar uno, solo si admitía su falta, por lo que el 26 de mayo la Unidad de Integridad en el Atletismo recibió esta admisión firmada por la atleta.
Tras este fallo, Citlali, que era la 3ª elegible de México para competir el 42k mundialista en Tokio, Japón, durante septiembre próximo, pierde su derecho de representar al país y competir en todo tipo de carreras en pista, ruta, trail o cross country, hasta finales de marzo del pleno año olímpico 2028.











